Por Res. CS 766/18, se realizaron modificaciones en el reglamento de los Institutos UBA, entre las cuales se encuentra la creación de un Consejo Interno que reemplazará al actual Comité Académico. Ese Consejo Interno va a estar integrado por el Director, Investigadores formados e Investigadores en formación y se conformará del siguiente modo:
Art. 20º. [...] Para la conformación de los CI se tendrá en cuenta la cantidad de investigadores/as en el Instituto:
Investigadores/as formados/as: hasta 30 investigadores/as SEIS (6) representantes titulares, más de 30 investigadores/as OCHO (8) representantes titulares, con UN (1) suplente en cada caso.
Investigadores/as en formación: hasta 30 investigadores/as en formación UN/A (1) representante titular, más de 30 investigadores/as TRES (3) representantes titulares, con UN/A (1) suplente en cada caso.
La duración del mandato de los/las representantes de los/as investigadores/as formados/as será de CUATRO (4) años. Se renovarán por mitades y podrán ser reelegidos/as por un período consecutivo. La de los/las representantes de los/las investigadores/as en formación será de DOS (2) años y podrán ser reelegidos/as por un único período consecutivo.
Por su parte, a partir de una propuesta de la Secretaría de Investigación consensuada por los Institutos UBA de la Facultad de Filosofía y Letras, se agregó el siguiente artículo al reglamento:
Art. 26. El Instituto podrá contar además con una Comisión Asesora (CA) que amplíe la capacidad de intervención del CI [...]
La convocatoria para la conformación de esta CA será facultad del/la Director/a del Instituto. De ser convocada, la CA estará integrada por la totalidad de los/as miembros del CI del Instituto y 3 representantes de los/as investigadores/as en formación, 1 representante de estudiantes investigadores/as y 1 representante del personal administrativo, los/as cuales podrán ser elegidos en la misma instancia que los/as integrantes del CI, por un período de dos años.
Según las mencionadas modificaciones del reglamento de los Institutos UBA, los claustros se forman del siguiente modo:
Se considerarán investigadores/as formados/as a los/las profesores/as regulares, eméritos/as y consultos/as de la Universidad, a los/as docentes investigadores/as con antecedentes científicos y/o tecnológicos y a los/as investigadores/as de otras instituciones científicas, que desarrollen sus actividades de investigación en el Instituto.
Se considerarán investigadores/as en formación a los/as estudiantes de posgrado y a los/as docentes de la Universidad graduados/as no incluidos en la categoría de investigador/a formado/a que desarrollen sus actividades de investigación en el Instituto.
Dado que, según el reglamento, los estudiantes de posgrado son considerados investigadores en formación, el claustro de investigadores formados estará compuesto por profesores regulares, eméritos y consultos; docentes investigadores que hayan finalizado su doctorado; e investigadores de otras instituciones (por ejemplo, CONICET) radicados en el Instituto.
Todos aquellos miembros de los proyectos de investigación que no posean un cargo docente en la Universidad de Buenos Aires o que no se encuentren cursando una carrera de posgrado, integran la categoría que dentro de los UBACyT se denomina “Asesor” y no podrán formar parte ni del Consejo Interno ni de la Comisión Asesora del Instituto.